martes, 19 de agosto de 2008

ULTIMOS ACUERDO C.I.V

FIJOS DISCONTINUOS

Se acuerda:
Considerar campaña completa aquella que se inicia a comienzo del periodo de extinción y finaliza al término del periodo de prevención, según la orden de la Consejería para cada uno de los medios. Esta consideración tendrá efecto con carácter retroactivo.
Dicho carácter retroactivo no alterará en ningún caso los procesos de selección y promoción interna, ya ejecutados hasta la fecha.

Se estudiarán en la CIV, los casos excepcionales de aquellos trabajadores que no han trabajado estrictamente la campaña completa.


CAMBIOS DE TURNOS


Conceder como máximo dos cambios de turno seguidos, de forma coyuntural para la presente campaña 2008-2009, con los siguientes condicionantes:

El cambio computa exclusivamente al trabajador que lo solicita.

Los implicados firmarán junto con la solicitud del cambio un escrito de compromiso expreso de anulación de dicho cambio con las siguientes condiciones:

Anulación automática por Emergencia declarada para el 2º cambio realizado, es decir, deben obligatoriamente incorporarse a la emergencia con normalidad como en el caso de no haberse concedido dicho segundo cambio seguido. Para ello debe existir el compromiso de estar localizable a partir del día anterior al 2º cambio.
Nunca dos cambios seguidos con la misma persona para evitar el trabajo continuado de 50 horas.
Se permitirán cambios siempre que la persona con la que se cambie ostente una categoría análoga.
Se permite el cambio de turno entre unidades distintas, y se recuerda que el cambio no exime de la obligación de personarse en 30 minutos desde la localización en el punto de encuentro.

Lo acordado en este punto será revisado en una reunión de la CIV, antes de la finalización de la campaña, a los efectos del seguimiento y análisis de la eficacia de dicho acuerdo.

PROTOCOLO:

La parte social reflejan el desacuerdo con el nuevo Protocolo que ha realizado la Administración, lo cual ponen en conocimiento de las empresas, y esperamos una solución lo antes posible, ya que entendemos que no es compatible con el Convenio Colectivo Vigente.


Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión con la firma de la presente acta en el lugar y fecha indicado.

No hay comentarios: